Si alguien se estacionó en su lugar asignado, lo primero es saber quién controla ese espacio. Como inquilino o dueño de condominio, casi siempre tiene que pasar por el administrador de la propiedad; como dueño de un negocio, solo puede usar una compañía de grúa con licencia si hay señales que cumplan la ley o se dio aviso; y un lugar en la calle pública frente a su casa nunca es suyo para remolcar. Si se lo salta, el que puede terminar pagando es usted.
Quick Tow EP es un servicio de referencia. No remolcamos, no guardamos vehículos y no hacemos asistencia en carretera. Lo que hacemos es ponerlo en contacto con operadores de grúa independientes de la zona. El operador le da el precio, usted contrata con él y le paga directamente a él. El trabajo lo hace el operador, no nosotros.
Primero confirme que el lugar es suyo y que usted puede ordenar el remolque
Antes de llamar a nadie, revise su contrato de arrendamiento o las reglas del condominio. Ahí debe decir qué espacio le toca y cómo se manejan los carros mal estacionados. En un complejo de apartamentos, el dueño de la propiedad o el administrador es quien normalmente tiene la autoridad para pedir el remolque, no el inquilino por su cuenta.
La Sección 2308.254 del Código de Ocupaciones de Texas (Occupations Code) dice que el dueño de la instalación de estacionamiento no puede mandar quitar un vehículo más que como permite ese capítulo, una ordenanza municipal que cumpla, o a indicación de un oficial de paz o del dueño del carro. Esa autoridad no baja automáticamente al inquilino.
Si usted es dueño de un negocio con su propio lote, ahí sí puede tener más control, pero solo si las señales están bien puestas o si se dio aviso como marca la ley. Y si el lugar es la calle pública frente a su casa, olvídese: la Sección 2308.354 del mismo código prohíbe que un particular mande remolcar un carro de la vía pública por su cuenta. Para eso se llama a la policía.
Documente todo antes de mover un dedo
Tome fotos del carro, de la placa y del lugar donde está. Que se vea la fecha y la hora en la foto si su teléfono lo permite. Anote la marca, el color y cualquier detalle que ayude a identificarlo después.
Reúna papeles que prueben que el espacio es suyo:
- Su contrato de arrendamiento o escritura, con la parte donde se asigna el espacio.
- El reglamento de estacionamiento del complejo o condominio.
- Copia de quejas anteriores si es un reincidente.
- Fotos de las señales del lote, si las hay.
Guarde todo en un solo lugar, en el teléfono y en papel. Si después hay disputa, esos documentos son su respaldo.
Revise las señales del lote
Las señales son la base de casi todo remolque en propiedad privada. La Sección 2308.301 del Código de Ocupaciones de Texas exige que la señal mire hacia los conductores que entran, esté visible, vaya montada en un poste, pared o barrera del lugar, con el borde de abajo entre cinco y ocho pies del suelo. Debe ser resistente al clima, medir al menos 18 pulgadas de ancho por 24 de alto, mostrar el símbolo internacional de remolque, decir quién puede estacionarse y que los demás no, llevar el texto de que los vehículos no autorizados serán remolcados a costa del dueño u operador, indicar días y horas de aplicación, y dar un teléfono con código de área contestado las 24 horas para localizar un carro remolcado.
La Sección 2308.302 pide además el símbolo rojo de grúa en la parte de arriba y el texto “Towing Enforced” bien visible. Si el lote no tiene señales que cumplan, el remolque se puede caer. La Sección 2308.251 del Código de Ocupaciones de Texas permite remolcar sin consentimiento del dueño solo si había señales que cumplían al momento del remolque y durante las 24 horas anteriores, o si el conductor recibió aviso directo, o si se puso aviso en el parabrisas y se mandó por correo certificado, o si el carro bloquea un pasillo, entrada o salida, una vía de bomberos, un espacio para discapacitados sin permiso, o está goteando líquido peligroso.
Si las señales están mal, no insista en remolcar. Mejor pida por escrito al administrador que las arregle. Un remolque con señales defectuosas puede salir caro para quien lo ordenó.
Reporte al administrador por escrito
Este paso conviene no saltárselo. Hable con el administrador de la propiedad o con quien lleve el estacionamiento, y hágalo por escrito, no solo de palabra. Un correo o un mensaje de texto sirve, siempre que quede registro.
En ese escrito ponga la fecha, la hora, el número de espacio, la descripción del carro y las fotos. Pida que le confirmen qué van a hacer y cuándo. Si no le contestan, mande un segundo escrito pidiendo la política de estacionamiento por escrito.
En Texas, la Sección 92.0131 del Código de Propiedad (Property Code) obliga al arrendador de un complejo de varios departamentos a entregar las reglas de estacionamiento o remolque antes de firmar el contrato de arrendamiento, bajo un encabezado “Parking” o “Parking Rules”. Si cambian las reglas a mitad del contrato, tienen que avisar por escrito y no pueden aplicar antes del día 14 después del aviso, salvo emergencia de construcción o servicios. Si el arrendador se salta esas reglas, debe una multa civil de $100 más los costos de remolque y almacenaje del inquilino, según la misma Sección 92.0131 del Código de Propiedad.
Si el administrador no hace nada
Escalone. Hable con el dueño de la propiedad, con la compañía administradora o con la mesa directiva del condominio. Lleve otra vez sus fotos y sus escritos. Pida una fecha concreta de respuesta.
Si el carro es de un vecino, de un visitante o de un empleado, muchas veces se resuelve con una llamada del administrador. No confronte al conductor usted mismo. No deje notas en el carro y no toque el vehículo. Una discusión en el estacionamiento puede escalar y luego le echan la culpa a usted.
Si el carro bloquea la entrada, una salida o una vía de bomberos, o está goteando líquido peligroso, eso sí es urgente. Ahí puede llamar a la línea de no emergencias de la policía de El Paso (EPPD) al (915) 212-4000. En una calle pública, la Sección 545.305 permite que un oficial de paz quite o haga mover un vehículo que bloquea la entrada a una cochera privada.
Cómo se hace el remolque cuando usted sí tiene la autoridad
Si usted es el dueño del negocio o el administrador con autoridad escrita, así se hace bien:
- Confirme que las señales cumplen con la Sección 2308.301 y que llevan ahí al menos 24 horas.
- Llame a una compañía de grúa con licencia y pídale que le confirme por escrito que tiene seguro de daños a la propiedad, como pide la Sección 2308.255 del Código de Ocupaciones de Texas.
- Esté presente cuando llegue la grúa.
- Firme la autorización que le pida el operador y guárdela.
- Quédese atrás. Deje que el operador trate con el conductor si aparece.
- Guarde copia de fotos, firmas y avisos.
La Sección 2308.255 exige que la compañía de grúa tenga verificación escrita del dueño de la instalación de que hay señales o se dio aviso, que tenga seguro de daños a la propiedad, y que el dueño haya pedido ese remolque específico o tenga un acuerdo escrito permanente para hacer cumplir el estacionamiento.
Quién paga y qué pasa si el remolque sale mal
Normalmente el dueño del carro remolcado paga el remolque y el almacenaje. Pero si el remolque se hizo mal, usted puede quedar con la deuda. La Sección 2308.404 del Código de Ocupaciones de Texas dice que la compañía de grúa, la de inmovilización con cepo (booting) o el dueño de la instalación que viola el capítulo responde por los daños del remolque, el almacenaje o la inmovilización con cepo, más las cuotas cobradas, y el dueño del carro no tiene que probar negligencia. Si la violación fue intencional, a sabiendas o temeraria, la responsabilidad es de $1,000 más tres veces las cuotas.
Además, violar el capítulo es un delito menor con multa de $500 a $1,500, o un delito menor Clase B si se hace a sabiendas o a propósito, según la Sección 2308.405 del Código de Ocupaciones de Texas.
En El Paso hay topes a lo que puede cobrar una grúa en un remolque sin consentimiento. La Sección 12.54.020 del Código Municipal de El Paso fija un máximo de $100.00 para un remolque de servicio ligero (vehículo de hasta 10,000 libras de peso bruto), $350.00 para servicio mediano (más de 10,000 pero menos de 25,000 libras) y $450.00 para servicio pesado (más de 25,000 libras), según la página de remolque de la policía de El Paso (EPPD). Esos topes aplican dentro de los límites de la ciudad. En Socorro, Horizon City, Anthony, Clint, San Elizario, Vinton, Fabens, Canutillo o Tornillo no aplica ese capítulo municipal, y ahí rigen los máximos estatales de TDLR salvo que el lugar tenga regla local más baja.
Preguntas frecuentes
¿Puedo remolcar un carro estacionado en mi lugar asignado?
Depende de quién controla el espacio. Si usted renta, normalmente tiene que pedírselo al administrador de la propiedad. Si es dueño de un negocio con lote propio, puede usar una grúa con licencia solo si las señales cumplen o se dio aviso. Un lugar en la calle pública frente a su casa no es suyo para remolcar.
¿A quién le llamo para que lo quiten?
Primero al administrador de la propiedad o al dueño del lote. Si el carro bloquea la entrada o es un peligro, llame a la línea de no emergencias de la policía de El Paso (EPPD) al (915) 212-4000. Para el remolque en sí, usted contrata a un operador de grúa independiente con licencia.
¿Se necesitan señales antes de que se permita un remolque?
Sí, en la mayoría de los casos de propiedad privada. La Sección 2308.251 del Código de Ocupaciones de Texas pide señales que cumplan al momento del remolque y durante las 24 horas anteriores, o aviso directo al conductor, o aviso en el parabrisas con carta certificada. Si las señales están mal, el remolque se puede impugnar.
¿Quién paga el remolque y el almacenaje?
Por lo general, el dueño del carro remolcado. Pero si el remolque se hizo mal, usted puede terminar respondiendo por daños y cuotas bajo la Sección 2308.404 del Código de Ocupaciones de Texas. Por eso conviene documentar todo y revisar las señales antes de ordenar nada.
¿Qué hago si el administrador no hace nada?
Escalone por escrito al dueño de la propiedad, a la compañía administradora o a la mesa directiva del condominio. Guarde copia de cada mensaje. En un complejo de apartamentos, la Sección 92.0131 del Código de Propiedad le da derecho a recibir las reglas de estacionamiento por escrito.
¿Qué pasa si el conductor aparece a media maniobra?
Si el carro todavía no está enganchado, se lo devuelven sin cargo. Si ya está enganchado pero no ha salido del lugar, se libera pagando la mitad de la cuota regular, según la Sección 12.54.020 del Código Municipal de El Paso. Usted quédese atrás y deje que el operador maneje la situación.
Cuándo pedir una grúa
Si después de revisar señales, hablar con el administrador y documentar todo, el carro sigue ahí y usted tiene la autoridad para ordenar el remolque, es momento de llamar a un operador con licencia. También cuando el vehículo bloquea una entrada, una salida o una vía de bomberos y la policía ya está enterada. Antes de contratar a cualquier operador, verifique su licencia en la búsqueda de licencias de TDLR.
Llame al (915) 320-5573 y Quick Tow EP lo pondrá en contacto con un operador de grúa independiente de la zona.
Si quiere entender mejor cómo funcionan los topes de cobro en la ciudad, lea nuestra guía sobre límites de cobro de grúas en Texas y la entrada sobre la ordenanza de remolque de El Paso 2026. Para el caso de un carro que bloquea su cochera, vea carro bloqueando mi entrada en El Paso. Y si el carro ya se lo llevaron, aquí le explicamos cómo buscar un carro remolcado en El Paso.